Caso de Éxito: El Tribunal Supremo da la razón a nuestro cliente en su reclamación bancaria por la cláusula suelo
Hoy os presentamos un nuevo caso de éxito de Reclama con Éxito en materia de reclamaciones bancarias. El pasado 22 de noviembre pudimos comunicar a nuestro cliente que su demanda contra el Banco Popular – Banco Santander (después de que el segundo adquiriera el primero en 2017) contaba tras varios años de litigios con una sentencia a su favor en firme. Los abogados de Reclama con Éxito, tuvieron que presentar un recurso con interés casacional, tras ser desestimada la reclamación de cantidades solicitada desde el inicio de la firma del préstamo, dando El Tribunal Supremo la razón al cliente y condenando a la entidad a de devolución de los importes que pagó por la cláusula suelo en su contrato hipotecario desde 2009 con el Banco Popular, y a las costas de las dos instancias.
Reclamación bancaria de la cláusula suelo, una de las cláusulas abusivas habituales en las hipotecas
Si estás leyendo esto, probablemente ya sepas que hay algunas cosas que puedes hacer para protegerte de las cláusulas abusivas de tu contrato hipotecario.
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que si un banco incluye en tu contrato hipotecario una cláusula que no ha sido negociada individualmente, será abusiva si:
1. No te informan de la existencia y contenido de esta cláusula antes de firmar el contrato, o
2. Sí la conoces, pero te causa un perjuicio.
Cláusulas hipotecarias calificadas como abusivas por los tribunales
A lo largo de la última década, la Jurisprudencia ha dado la razón a abogados bancarios como nosotros en nuestras reclamaciones por abuso en diversas cláusulas bancarias permitidas que suponían un coste para los consumidores.
Entre las más conocidas se encuentran, como bien sabéis, nuestras especialidades como abogados en Valladolid:
- Devolución de los gastos hipotecarios.
- Devolución de las comisiones de apertura.
A mayores, como expertos en Derecho Hipotecario, hemos atendido a consumidores en sus denuncias por cláusula suelo, por vencimiento anticipado o en casos de hipotecas multidivisa y el IRPH.
El caso de éxito que os traemos hoy aborda precisamente la demanda de nuestro cliente para reclamar las cláusulas suelo y la devolución de las cantidades indebidamente cobradas desde el inicio, en un momento en el que solo se concedían las cantidades reclamadas desde mayo de 2013. Veamos en qué consisten y por qué hemos logrado la sentencia favorable a nuestro cliente, quien ya cuenta con una sentencia en firme de que el Banco Santander debe reintegrarle lo pagado por su cláusula, además de las costas procesales.
La cláusula suelo
En una hipoteca variable, el tipo de interés puede variar con el tiempo. Esto se debe a que el Euribor (tipo europeo de oferta interbancaria) fluctúa diariamente y se utiliza como referencia para fijar el tipo variable. Si el Euribor más el diferencial supera una determinada cantidad, significa que sus cuotas mensuales aumentarán.
Pero, ¿y si quiere estar seguro de que sus mensualidades nunca disminuirán sin ser una hipoteca a tipo fijo? ¿Y si quiere asegurarse de que su hipoteca se mantiene «estable» incluso en periodos de crisis? Aprovechándose de esta inquietud, las entidades bancarias introdujeron la cláusula suelo en el contratos de préstamo hipotecario, también conocida como suelo hipotecario.
Con esta cláusula, los contratos hipotecarios marcaban un tipo de interés mínimo que se aplicará si la suma del Euribor más el diferencial es inferior a un determinado valor (que se especifica en la escritura del préstamo).
Este tipo de cláusulas se pueden encontrar en hipotecas desde 1993 hasta el 2013.
A partir de 2009, sin embargo, el Euribor empezó a bajar y se situó por debajo del 2%. Pero los hipotecados con cláusula suelo no pudieron beneficiarse de esta bajada porque se les aplicó el tipo de interés mínimo establecido por la cláusula, ¡aunque fuera inferior al que estaban pagando anteriormente!
A tenor de las reiteradas denuncias, el Tribunal Supremo dicto sentencia en mayo de 2013 declarando nula la cláusula suelo.
Nuestro cliente obtiene la nulidad de la cláusula suelo y la devolución del importe
Si bien la sentencia en primera instancia, dictada el 20 de junio de 2016 ya declaraba la abusividad de la cláusula suelo contenida en el contrato del préstamo hipotecario suscrito en 2009, y condenaba por entonces al Banco Popular a la devolución de los importes cobrados desde 2013, no obstante debido a que la fecha en que comenzó a aplicarse la cláusula suelo es anterior, el cliente a través de Reclama con Éxito presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valladolid, y al no ser atendido por esta adecuadamente, volvió a recurrirse ante el Tribunal Supremo, que finalmente cristaliza en sentencia firme del Tribunal Supremo del 22 de noviembre.
Gracias a nuestra defensa jurídica, el Banco Santander, actual propietario del entonces Banco Popular, debe abonar las costas procesales del primer proceso y las del recurso de apelación, así como la devolución del total de lo cobrado por la cláusula suelo y el depósito exigido para el recurso de casación.
Si en tu préstamo hipotecario se incluye esta cláusula o cualquier otro abuso bancario, no lo dudes más. Pide cita hoy con nuestros abogados para reclamaciones bancarias. La primera consulta es gratis, y solo cobramos cuando tú recuperas tu dinero. Así de transparentes. No dejes que el banco se quede con tu dinero.